El Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado a año y medio de cárcel y nueve de inhabilitación al alcalde de Piélagos, Jesús Ángel Pacheco, por un delito continuado contra la ordenación del territorio, en su modalidad de prevaricación urbanística.
En concreto, se le condena por conceder 15 licencias para construir más de 200 viviendas en varios puntos del municipio, vulnerando "de forma flagrante, clara y palmaria" la normativa urbanística y a pesar de las advertencias del arquitecto municipal y los servicios jurídicos del Consistorio.
Según se explica en la sentencia, dictada este viernes, los hechos se remontan a los años 2003 y 2004, cuando el alcalde firmó licencias para construir viviendas en las localidades de Zurita, Vioño, Quijano, Oruña, Liencres y Puente Arce sobre terrenos urbanos, pero que no tenían todavía la consideración de suelo urbano consolidado, necesaria para poder obtener licencias.
Y es que, cuando se concedieron las licencias, en la mayor parte de los casos esos terrenos carecían de saneamiento, aceras o suministros de agua y eléctrico, imprescindibles para considerarlos suelo urbano consolidado. En los expedientes se constata que en algunos casos había suministros próximos o estaban en ejecución obras de saneamiento, pero en el momento de la concesión de licencias no estaban completados y, por tanto, se vulneró la normativa.
Es más, al conceder las licencias, el propio Ayuntamiento imponía una serie de obligaciones para la urbanización de los terrenos que, en opinión del Juzgado, vienen a "avalar" que se pretendía dotar a las parcelas de los servicios necesarios para ser suelo urbano consolidado, lo que "llevaría a pensar" que carecían de dichos servicios en el momento de la concesión de licencias.
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Plan Parcial aprobado por Pacheco. |
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La sentencia remite también a los informes del arquitecto municipal en los que se advierte de esa falta de condiciones y aconseja, por ello, otros pasos previos para poder conceder las licencias, como la delimitación de una unidad de actuación, por ejemplo.
Incluso, recuerda que el arquitecto llegó a proponer la suspensión parcial de licencias en el municipio, ante la necesidad de revisar el Plan General y para evitar consecuencias como las sentencias de derribo que pesan sobre otras urbanizaciones del municipio. Seguir leyendo...
"CASO OMISO" A LOS INFORMES
La sentencia reprocha al alcalde que pretenda "ampararse" en el asesoramiento recibido de los servicios jurídicos y técnicos, máxime cuando algunos de ellos advirtieron de la situación.
Pacheco justificaba sus decisiones en el criterio del secretario y del letrado de los servicios municipales que, de hecho, en el juicio, confirmaron que se guió por sus indicaciones, pero el Juzgado recalca que no hay ningún informe por escrito, sólo opiniones "meramente verbales". En cambio, "hizo caso omiso" de informes contrarios del arquitecto municipal y del técnico jurídico.
De hecho, la sentencia hace hincapié en que el alcalde pidió al arquitecto emitir un nuevo informe "con independencia de sus opiniones personales" lo que, desde su punto de vista, "no puede sino denotar una efectiva intención de conceder la licencia, salvando el escollo de las ilegalidades", incorporando un informe que el propio ingeniero municipal reconoce que es un informe "tipo", con independencia del número de viviendas afectadas y sus características.
La titular del Juzgado de lo Penal número 2 también critica que el alcalde pretenda "eludir cualquier responsabilidad" alegando su "desconocimiento" de los detalles en materia urbanística, y le recuerda que no puede ser que no tenga nociones al respecto cuando lleva en el cargo desde el año 1989.
Además, subraya que en ese periodo ha surgido en el municipio una "grave e importante problemática urbanística", con sentencias de derribo de "numerosas viviendas", por "incorrecta catalogación de suelo urbano". Por tanto, considera que se trata de un asunto "claramente serio y grave por su entidad y por los precedentes existentes".
SIN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS LICENCIAS
En cuanto a la situación en que quedan ahora las licencias de esas viviendas, una vez reconocido que se concedieron sin reunir los requisitos precisos, la sentencia reconoce que en este mismo proceso penal podrían haberse anulado, pero de momento no hay pronunciamiento al respecto.
Según señala, aunque el fiscal, en sus conclusiones definitivas, pidió la anulación, la defensa alegó la situación de indefensión en la que quedarían los posibles afectados (los compradores), que no formaban parte de este proceso y no podían defenderse.
Por tanto, para evitar esa indefensión de los compradores, el Juzgado prefiere no anular de momento las licencias, sin perjuicio de que se pueda solicitar por la vía de lo Contencioso-Administrativo.
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